Con cinco votos a favor y cuatro en contra, los diputados de la Comisión Legislativa de Asuntos Jurídicos, dictaminaron afirmativamente el proyecto de ley que reforma las potestades de la Inspección Laboral del Ministerio de Trabajo y pone a las empresas entre la espada y la pared con estas decisiones, donde también puede afectar muchos empleados y sus trabajos.
Esta nueva ley fue impulsada por José María Villalta
Esta nueva ley fue impulsada por José María Villalta legislador del partido Frente Amplio, el plan permitiría al Ministerio multar patronos sin necesidad de que el caso sea conocido por un juez. Además establece el impago de salarios mínimos como una nueva causal para que la cartera cierre negocios por 15 días o más tiempo, esta decisión ha generado mucho enojó entre los empleadores, porque estas medidas han puesto en duda muchas cosas.
“El hecho de que la Inspección sea juez y parte potencia un conflicto de intereses. Recordemos que el 50% de la multa será destinada para financiar la Inspección, de tal forma que los inspectores tendrán un incentivo para multar, más que para girar acciones correctivas, pues de ello depende el financiamiento de su dirección”
José María Villalta, legislador del partido Frente Amplio
Podrían imponer sanciones hasta de ¢10,6 millones
En cuanto a las multas estas constan en el Código de Trabajo y la iniciativa definiría las causales. El jefe regional de la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo podría, imponer sanciones hasta de ¢10,6 millones cuando la causal la haya cometido el representante patronal de una empresa o grupo económico. La multa mínima sería de ¢462.000, equivalente a un salario base.
“Concentrar tanto poder en una instancia administrativa. fomenta actos de corrupción. Puede fomentar sobornos y actos de similar naturaleza”
Jorge Fonseca, LEGISLADOR del pln
Los patronos tendrán 15 días hábiles para presentar todo el descargo
En el proyecto de las jefaturas regionales de la Inspección del Trabajo emitirían una resolución fundamentada y otorgarían al patrono un plazo de 15 días hábiles para presentar su descargo. Valorada la prueba, la jefatura emitiría una resolución final en 15 días hábiles para comunicar al patrón eventuales sanciones por infracción al Código de Trabajo y al mismo tiempo el patrono podrá apelar la resolución en tres días hábiles ante la misma instancia, la cual deberá pronunciarse en 15 días, con lo cual se dará por agotada la vía administrativa.
“Esto puede llevar a muchos patronos a no querer empleados. Porque cada problema será una multa o el cierre de su negocio”
JORGE FONSECA, LEGISLADOR DEL PLN
Desde Agencia Noticiosa creemos que esta situación no es nada buena para los empleadores, porque esto puede generar abusos también de los trabajadores y con esa decisión de que del Ministerio de Trabajo puede multar sin permiso de un juez, es realmente un socialismo total como lo piensan muchos empresarios, pero la realidad más cruel de todas es que muchos empleados se pueden quedar sin trabajo.