La Constitución Política de Costa Rica fue promulgada el 8 de noviembre de 1949 y desde entonces ha servido de fundamento de los derechos más fundamentales de los Costarricenses, a lo largo de las décadas, muchas han sido las situaciones que bajo el amparo del Derecho Constitucional han construido la Costa Rica justa, solidaria y en la que reposa la seguridad jurídica que ha permitido a la nación definirse como una nación democrática.
El artículo 45 de la Carta Magna ha servido de sustento al derecho de propiedad y actualmente se encuentra en riesgo se ser mancillado, por lo que iniciamos esta nota recordando el contenido del mismo producto de que algunos diputados parecen haberlo olvidado.
«La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley…»
Art. 45, Constitución POLÍTICA de COsta Rica
Este artículo es el que ha permitido que en Costa Rica se cree la división entre el sector publico y el privado, permitiendo al sector privado tener propiedades a su nombre, mismas que pueden ser desde bienes muebles como un automóvil o una motocicleta o bien los bienes inmuebles, como los lotes y las casas.
¡La pandemia COVID-19 no deja sin efecto la Constitución!
Aparentemente el artículo 45 constitucional esta siendo obviado por el Poder Ejecutivo, que busca trasladar la responsabilidad del Ministerio de Vivienda de crear opciones habitacionales accesibles a la población y saltarse la parte de «previa indemnización conforme a la ley», al querer promulgar una moratoria desde la Asamblea Legislativa que afecta directamente el ingreso de cientos de miles de familias Costarricenses, que mediante sus ahorros y sus actividades privadas, bajo el amparo de la Constitución han logrado convertirse en propietarios de bienes inmuebles.
Esto además de incoherente e inconstitucional es prueba fehaciente de la incompetencia del Ministerio de Vivienda bajo el amparo de Casa Presidencial.
Los propietarios de bienes inmuebles, que alquilan sus cuartos o casitas, estarían siendo limitados por una norma totalmente abusiva que sin mayores indemnizaciones, les privarían de su ingreso, lo que generaría que estas familias no tengan otra opción que mendigar.
Ante esta situación decidimos conocer el punto de vista de la Cámara de Propietarios de Bienes Inmuebles de Costa Rica (CAPROBI), quién ha estado trabajando fuertemente en informar la situación a la que se enfrentarían los arrendantes y amablemente su presidente, el señor Pablo Enrique Guier Acosta nos respondió las siguientes preguntas.
¿Son todos los dueños de bienes inmuebles millonarios?
Ciertamente hasta nuestra redacción han llegado decenas de mensajes; muchos de mujeres, ciudadanas de oro, que temen porque la expectativa que pintan los promotores de esta iniciativa no parece reflejar sus realidades, donde tienen alquileres de 100.000 colones, con los que deben hacer frente a todos sus gastos y ante la eventual medida; no tendrían forma de pagar sus alimentos o servicios públicos ni por un mes, menos por 3, 6 o hasta un año.
Continuamos conversando con el distinguido señor Guier Acosta y quisimos que nos ilustrara sobre:
¿Qué opina usted de las cuentas incobrables que se generaran?
Mal intencionadamente los promotores de esta inconstitucionalidad han querido justificar que ante las cuentas incobrables; no hay mucho que hacer, sin embargo esto es una muestra más de que están obviando la obligación del Estado de indemnizar en el momento en que utiliza la llamada potestad imperio para perjudicar a un ciudadano. Para ellos como empleados públicos que seguirán recibiendo sus salarios es algo aparentemente muy viable, pero para los arrendantes lo que plantean pone en juego la comida que ponen en su mesa día con día.
Sin embargo se han ensañado contra el arrendante, como si fuera el responsable del desempleo, de la falta de vivienda y de todos los problemas asociados al Coronavirus, definiendo inclusive que tengan que pagar mucho más en abogados y en contadores, si es que acaso quieren reclamar sus derechos.
¿Tendrán gastos adicionales los arrendantes en materia legal y tributaria?
Parece inaudito que «los padres de la patria» estén tan siquiera considerando el afectar a cientos de miles de familias que viven de sus ingresos privados, en este caso de los alquileres, sin embargo esto nos lleva a preguntarnos y a preguntar:
¿Estamos ante un régimen totalitarista que irrespeta la democracia?
Ciertamente estamos en una emergencia nacional, sin embargo los empleados públicos no han sido afectados y todo ha recaído sobre el sector privado, por lo que esta nueva medida estaría exponiendo a los propietarios a perder sus propiedades al tener que endeudarse para poder sobrevivir y en caso de que no cumplan sus obligaciones, terminarían perdiendo sus propiedades…
Parece que lo anterior fuera la intención oculta del proyecto; mismo que se reserva el derecho de postergar más y más la moratoria, obligando a los propietarios de bienes inmuebles a acordar bajo la obligatoriedad legal el no recibir un beneficio de sus propios bienes.
Finalizamos la entrevista, consultandole al señor Presidente de CAPROBI:
¿Cree usted que la moratoria sería eventualmente extendida hasta por un año?
Hacemos un llamado a la cordura, si es que aun existe en Cuesta de Moras para que detengan YA este abusivo proyecto y que por el contrario el Estado asuma su responsabilidad y sea el Estado el que se encargue de pagar las cuentas incobrables, de brindar un subsidio a los arrendatarios o bien; que pague directamente el Estado los alquileres y así asuman su responsabilidad y no busquen transferir la incompetencia que han demostrado en lograr que todas esas familias que alquilan, tengan acceso a comprar una propiedad, lo cual lo podrían hacer mediante acceso a créditos que el mismo estado a través de la banca les niega.